Conforme a demanda interpuesta por IUSLABORALISTAS ABOGADOS, el Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia del pasado 28 de enero, ha reconocido a una Trabajadora Social de un Ayuntamiento del Sur de la isla el derecho a percibir los pluses de peligrosidad y penosidad en atención a las peculiares condiciones de trabajo de la reclamante.
Lo cierto, es que la trabajadora afectada, con categoría profesional de TRABAJADORA SOCIAL, ejerce su labor, junto a otra compañera de igual categoría, no en las dependencias centrales del Patronato de Servicios Sociales para el que presta servicios; ni en el Ayuntamiento del que depende dicho Patronato, sino que lo hace en un Centro Cultural propiedad del indicado Ayuntamiento y completamente alejado de las dependencias del Ayuntamiento. Por tanto, las dos trabajadoras sociales prestan su trabajo totalmente solas.
Conforme a la realidad de su trabajadora, la Juzgadora entiende de aplicación el art artículo 31 del Convenio Colectivo de empresa que en su apartado 3.4 regula los pluses reclamados, en los siguientes términos: en relación al plus de peligrosidad, al disponer que (…) este complemento se percibirá en atención al desempeño de funciones que impliquen el estar sometido a riesgo, situación de inseguridad y peligro. (…). Y respecto al plus de penosidad (…) este complemento se percibirá en atención al desempeño de funciones que impliquen un mayor esfuerzo; gran dificultad o dificultad añadida a las funciones que corresponden por su categoría. (…).
La Juzgadora concluye que del resultado de la prueba practicada, la actora tiene razón en su pretensión. Tanto la declaración testifical como el informe de la Inspección de Trabajo, ponen de relieve el riesgo evidente al que está sometido el ejercicio de las funciones que desempeña la trabajadora, atendidas las circunstancias que lo rodean (falta de presencia policial, de vigilancia privada en las instalaciones; ausencia de formación en materia de procedimientos o protocolos de actuación/reacción en caso de generarse una situación de riesgo/incidente, dentro y fuera del centro y todo ello, teniendo en cuenta el tipo de usuarios que acuden al centro- con problemas de diversos tipos, drogadicción, exclusión social, malos tratos, alcoholismo, enfermedades mentales, entre otros-). En cuanto al plus de penosidad, el relato de hechos probados revela que concurre en el desempeño de las funciones, una dificultad añadida a las que corresponden a la categoría de trabajadora social, atendidas, igualmente, las circunstancias que rodean al centro en el que desempeña la trabajadora sus funciones. Por de pronto, la trabajadora atiende una media de 20 usuarios, por día cuando la media ordinaria es de 6 usuarios; en concreto, en el año 2018, atendió un total de 1.126 usuarios. Por otro lado, el personal auxiliar con el que cuentan- sólo dos días a la semana- no tiene la misma formación que el que está adscrito al Centro cívico de Arona (Servicios Centrales),. Asimismo, el centro de trabajo presenta problemas a la hora procurar la cobertura de los puestos auxiliares, con ocasión de las bajas médicas del personal nombrado para dichos puestos así como de la ausencia de nombramiento, ocasionando el cierre de las puertas del centro, de lo cual, ha sido informado el Patronato y Ayuntamiento, con la finalidad de que se adoptaren las medidas oportunas. Tales divergencias comportan retraso en la agenda (citación de usuarios) además de tener que indicar a los usuarios del centro, la espera a ser atendidos, fuera del centro del cívico, ante la inexistencia de los recursos necesarios. A mayor abundamiento, la trabajadora autoorganiza su trabajo, pues, no hay un seguimiento de cada incidencia y atención practicada por parte del Patronato, al no contar con un superior jerárquico concreto.
En atención a lo anterior, a lo anterior, la Juzgadora considera que procede reconocer el derecho a percibir en nómina los complementos de peligrosidad y penosidad previstos en el Convenio colectivo de aplicación, así como se le abonen los atrasos generados por tales pluses desde julio de 2017 en base a su reclamación.