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Sentencia que reconoce a trabajadora de hipermercado un horario fijo de mañana (concreción horaria).-

El Juzgado de lo Social nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia del pasado 22 de noviembre, ha reconocido a una trabajadora de un conocido hipermercado de la isla el derecho a disfrutar de un horario fijo de trabajo (turno de mañana) con reducción a 30 horas semanales para el cuidado de su hijo menor de 12 años.

La trabajadora que ha venido prestando servicios en turno alternos (mañana y tarde) había solicitado reducir su jornada de trabajo una hora diaria para cuidar a su hija, nacida en agosto de 2016; y fijar su horario de trabajo en turno de mañana. Sin embargo, la empresa únicamente aceptó reducir el horario en una hora diaria pero no accedía a la concreción horaria (turno fijo de mañana) alegando que dicha modificación produciría alteraciones en el normal desarrollo del trabajo en el Hipermercado, con lo que mantenía a la trabajadora realizando turnos de mañana y tarde.

La sentencia, que estima la demanda interpuesta por Iuslaboralistas Abogados, y conforme a lo artículos 34 y 37 del Estatuto de los Trabajadores concluye que “habiendo aceptado la empresa la reducción de jornada solicitada, la concreción horaria pedida por la actora aparece suficientemente justificada habida cuenta que tiene una hija menor a su cargo y que el otro progenitor no puede encargarse de ella. Por su parte, la empresa fundamentó su negativa en razones productivas y de afectación a otros trabajadores, si bien no compareció al acto del juicio para defender su posición, sin concretar qué trabajadores se verían afectados por la reorganización del tiempo de trabajo de la actora. En virtud de lo expuesto, la negativa de la empresa a la redistribución del horario de la trabajadora ha de considerarse injustificada y, por ello, procede estimar íntegramente la demanda, condenando a la empresa demandada a que reduzca y reorganice los turnos de trabajo de la trabajadora en la forma solicitada por la misma.”

Por tanto, la trabajadora ya puede disfrutar de un horario fijo de mañana para el cuidado de su hija.

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