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ALTA MÉDICA INDEBIDA DE CAJERA DE SUPERMERCADO.

El Juzgado de lo Social nº 8 de Las Palmas, en asunto tramitado por este Despacho de Abogados, declara indebida el alta médica por contingencia comunes al considerar que en el momento del alta medica la trabajadora padecía una rotura de tendones del supraespinoso del hombro derecho con limitación para cargar pesos y una espondilolistesis con limitación para la deambulación, por lo que teniendo en cuenta su profesión de cajera, que implica traslado de material y movimientos repetitivos del hombro y columna y bipedestación , es obvio que en el momento del alta estaba incapacitada para su trabajo.

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