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La ayuda familiar para desempleados

La “ayuda familiar” es un subsidio de 426 euros al mes que se concede a los parados que carecen de rentas, tienen responsabilidades familiares y han agotado la prestación por desempleo o bien no pueden cobrarla porque tienen cotizaciones superiores a tres meses, pero no llegan al año necesario.

Requisitos



1.  Haber agotado el paro (la prestación contributiva por desempleo)

2. Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo al menos durante un mes desde que se terminó la prestación contributiva. Es lo que se llama “el mes de espera” y suscribir el compromiso de actividad

3. Tener responsabilidades familiares (hijos menores de 26 años, cónyuge, hijos discapacitados, que estén a su cargo). Importante: muchas personas piensan que la ayuda familiar sólo es para quienes tienen hijos y no es así: una pareja casada (no sirven las parejas de hecho) puede pedir la ayuda familiar si un cónyuge depende económicamente del otro.

4. No tener rentas que sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional. De este requisito se hace una doble comprobación: primero, que el solicitante no tenga rentas propias que superen el 75% del SMI en 2017, es decir, que el solicitante no tenga rentas superiores a 530,78 € euros mensuales.

Una vez cumplido ese requisito, se pasa a calcular las rentas medias de la unidad familiar, que no debe superar los 530,78 € euros mensuales. Se calcula tomando la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, (solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad) y dividiéndola entre el número de miembros que la componen.

El plazo para solicitar la ayuda familiar es de 15 días hábiles desde el cumplimiento del mes de espera (hay que dejar pasar un mes desde el agotamiento del paro anterior). Si se pide fuera de plazo no se pierde el derecho, pero se dejan de cobrar tantos días como haya entre el primer día en que hubiera cobrado la ayuda si la hubiera pedido en plazo y el día en que efectivamente la haya solicitado.

En 2017 se cobran 426 euros al mes, que es el  80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM

La norma general es que la duración sea de 18 meses.  Se cobran 6 meses y luego es posible renovarlos hasta dos veces, con la serie sería 6 + 6 + 6 .

Frente a esto hay algunas excepciones :

– Desempleados menores de 45 años, con responsabilidades familiares y que agotaron una prestación contributiva de seis meses como mínimo.  Se les concede una cuarta prórroga hasta los 24 meses.

– Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses y tengan responsabilidades familiares, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.

– Desempleados mayores de 45 años con responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses.

 

 

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