Este subsidio ésta destinado a quienes acaban de agotar su prestación contributiva (el paro), son mayores de 45 años de edad, con carencia de rentas y no tienen responsabilidades familiares .
Requisitos si no tiene responsabilidades familiares
1) Haber agotado el paro (la prestación contributiva por desempleo) y tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación.
2) Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo al menos durante un mes desde que se terminó la prestación contributiva. Es lo que se llama “el mes de espera”. Además, se acepta el compromiso de actividad (las obligaciones del parado) al firmar la solicitud del subsidio.
3) No tener rentas que sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional en 2016, es decir, no tener más de 491,40 € de ingresos mensuales. Es el requisito de carencia de rentas. Si no puede obtener en este momento el subsidio por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, sus rentas quedan por debajo del tope.
4) Si el solicitante cumple al mismo tiempo los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 55 años, recibiría este, ya que es más beneficioso.
Si tiene responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 a su cargo), entonces en lugar del subsidio para mayores de 45 años debe solicitar el subsidio de ayuda familiar que es más beneficioso que el de mayores de 45 años.
En 2016 se cobran 426 euros al mes, que es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, durante un máximo de 6 meses.