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FONDO DE GARANTÍA SALARIAL: COMISIONES POR VENTAS TAMBIÉN ESTÁN CUBIERTAS POR DICHO ORGANISMO.

FONDO DE GARANTÍA SALARIAL: LAS COMISIONES POR VENTAS TAMBIÉN ESTÁN CUBIERTAS POR DICHO ORGANISMO.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias en sentencia de fecha 10 de febrero de 2016 estima el recurso de suplicación interpuesto por este Despacho de Abogados interpuesto a raíz de la negativa del Fondo de Garantía Salarial a abonar – con los topes legales – a una trabajadora las comisiones devengadas y dejadas de abonar por una empresa posteriormente declarada insolvente.

Considera el Tribunal que siendo las comisiones un concepto de naturaleza incuestionablemente salarial, y no encontrándose dentro de los conceptos excluidos de la cobertura del FOGASA, ninguna razón existe para dejarlo fuera del ámbito de protección establecido en el art. 33 párrafo primero del Estatuto de los Trabajadores.

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