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Despido improcedente

El Juzgado de lo Social ha dictado Sentencia en asunto tramitado por Iuslaboralistas Abogados en fecha 8 de enero de 2019 por la cual se estima la demanda interpuesta por este Despacho frente al Ayuntamiento de Arona y, en consecuencia, se declara el despido improcedente, con fecha de efectos, de 9 de enero de 2018, condenándole a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, opte entre indemnizarle en la cuantía de 9.086,22 euros, sin salarios de tramitación, o a readmitirle en sus puesto de trabajo abonándole una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir, a razón de 84,72 euros diarios, desde la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que la citada trabajadora hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probase por la parte demandada lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

Se entendió por parte de la Juez a quo que los contratos suscritos entre las partes incurrían en fraude de ley de tal manera que el cese de la relación laboral, el 9 de enero de 2018, ha de considerarse un despido.

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