VIGENCIA DE PACTO SALARIAL TRAS SU VENCIMIENTO.
EL Juzgado de lo Social nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, en procedimiento de Conflicto Colectivo y mediante sentencia de fecha 24 de junio de 2015 y en asunto tramitado por este Despacho de Abogados, declara el derecho de los trabajadores de un Hotel de 5 estrellas del Sur de Tenerife a que se les siga aplicando la totalidad de las condiciones salariales y sociales del Pacto de Empresa de 31 de diciembre de 2012.
La empresa mantenía que dicho pacto había perdido eficacia pues tras el agotamiento de su vigencia había procedido a denunciarlo y no había sido posible suscribir uno nuevo que lo sustituyera. Frente a tal tésis, la Magistrada de Instancia considera que en dicho pacto se acordó la forma y plazos para la denuncia y que la demandada no cumplió dicho plazo de denuncia, haciéndolo extemporáneamente, por lo que pacto se entiende prorrogado indefinidamente hasta tanto en cuanto no sea sustituído por otro.