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Estimación de clasificación profesional de personal laboral Comunidad Autónoma de Canarias.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias mediante sentencia de fecha 16 de noviembre de 2018 estima el recurso de suplicación interpuesto por este Despacho de Abogados y procede a declarar el derecho de un trabajador de la Comunidad Autónoma de Canarias a ostentar la categoría profesional de Oficial Administrativo (Grupo III) con todos los efectos a ello inherentes, incluidos los retributivos.

La sentencia de instancia había estimado únicamente una de las dos pretensiones
ejercitadas por el actor,  la relativa a percibir las cantidades devengadas en concepto de diferencias salariales, pero desestimó su solicitud de que se declara su derecho a ostentar la categoría profesional de Oficial Administrativo (Grupo III), por considerar el Juzgado de lo Social que tal pretensión era contraria a los principios constitucionales de acceso a la función pública.

Indica la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que si se produce una clasificación incorrecta desde el inicio de la relación laboral con una Administración Pública se ha de aplicar el principio de adecuación categoría/función, sin necesidad de observarse los procedimientos de promoción interna que pudieran establecerse en los convenios colectivos aplicables al caso concreto, siempre que el trabajador hubiere ingresado en su primer puesto de trabajo conforme al sistema establecido convencionalmente.

En el presente caso, la Sala analiza que ciertamente el artículo 16 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias establece un procedimiento de promoción interna (turno de traslado, turno de promoción interna y convocatoria pública) para ascender de categoría, pero como quiera que en el caso de la demandante ésta ha ingresado en su primer puesto de trabajo conforme al sistema establecido convencionalmente y lo que se ha producido es una clasificación incorrecta desde el inicio de la relación laboral, no es necesario observar dicho procedimiento de promoción interna y tiene derecho al ascenso de categoría que solicita.

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