Icono del sitio Iuslaboralistas Servicios Jurídicos

La Justicia europea pone en duda la ley española sobre jubilación anticipada

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea cree que es contraria al derecho europeo al no computar las pensiones de otros Estados miembros de la UE.

Cuando un trabajador pretende adelantar el momento de su retirada laboral antes de la edad legal tiene que cumplir unas determinadas condiciones, cuyos requisitos se han endurecido con las últimas reformas en las pensiones. Las nuevas obligaciones se centran en completar 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la obligatoria. Sin embargo, la Abogacía General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha puesto en duda algunos apartados de esta normativa al considerar que la ley española que enmarca la jubilación anticipada es contraria al derecho europeo. La causa es que la legislación vigente no permite computar las pensiones de otros Estados miembros para calcular el importe mínimo necesario que da derecho al cobro de la prestación.

Aunque sus conclusiones no son vinculantes, el TJUE suele tomar nota de ellas a la hora de dictar sus sentencias, por lo que si al final acepta que la ley española no debería discriminar a los trabajadores que ejercen su derecho a la libre circulación por otros países de la UE, su sentencia podría provocar un cambio en los estatutos de la jubilación anticipada española.

Fuente: La Razón, 11 de julio de 2019.

Salir de la versión móvil