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Diferencias entre incapacidad y minusvalía

Minusvalía e incapacidad son términos en apariencia parecidos, pero que guardan diferencias entre sí. Es importante evitar la confusión y saber identificarlos correctamente.

La minusvalía o discapacidad es la consecuencia de una deficiencia, previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en las capacidades físicas, psíquicas o sensoriales de la persona, y que no tiene por qué darse conjuntamente con una situación de incapacidad o de invalidez. Estas personas cuentan con las ventajas fiscales, medidas de reserva de puestos de trabajo, medidas para el fomento de su contratación y otras ayudas establecidas en la legislación vigente en cada momento. La condición legal de minusválido se alcanza con el 33% o más, de menoscabo global, de disminución física, psíquica o sensorial en la persona. Un trabajador en silla de ruedas, por ejemplo un médico o un abogado, puede ser susceptible de una minusvalía de un 65% y estar capacitado para trabajar.

Cuando se habla de incapacidad, es una alteración continuada de la salud, que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional. Hay distintos tipos de incapacidad: permanente total, permanente parcial, permanente absoluta o gran invalidez.

La incapacidad permanente parcial significa que individuo está limitado para algunas de sus tareas profesionales fundamentales. Por ejemplo: una peluquera desarrolla una alergia al tinte. Además de teñir, sus labores habituales consisten en cortar y peinar a los clientes. Esta trabajadora sería susceptible de una incapacidad permanente parcial ya que a pesar de poder seguir trabajando como peluquera no podría desempeñar la tarea de teñir siendo una actividad no única, pero importante para la prestación de servicios.

En la incapacidad permanente total el paciente no puede continuar realizando las tareas fundamentales de su trabajo habitual. Un ejemplo sería un camarero que pierde el pie, impidiéndole realizar su profesión habitual, pero pudiendo acceder a un puesto administrativo.

Una incapacidad permanente absoluta consiste en que la persona no puede realizar ningún tipo de trabajo debido a que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional o común. Una persona, por ejemplo, que sufra de alguna patología funcional invalidante como una esclerosis múltiple puede ser susceptible de este grado de incapacidad o invalidez. También se incluyen las patologías psiquiátricas como una depresión mayor con intento de suicidio o un paciente que sufre de trastorno bipolar.

La situación más extrema es la de gran invalidez, en la que el trabajador como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales (tetraplejias, importantes secuelas neurológicas o neuropsiquiátricas con graves alteraciones mentales o psíquicas, ceguera completa, etc.) necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

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