Mediante un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) las empresas pueden realizar distintos ajustes de plantilla:
Este tipo de ERE implica el cese definitivo de la relación laboral entre empresa y los trabajadores afectados. Es lo que generalmente se conoce como un “despido colectivo”, la opción más desfavorable para los trabajadores, ya que implica la pérdida del empleo.
En los ERE de extinción, el trabajador tiene varios derechos:
Consiste en establecer un nuevo calendario laboral para plantilla de trabajadores o a una parte de ella. Se señalan los días de suspensión, en la que no habrá actividad laboral. Es lo que habitualmente se conoce como “mandar al trabajador a casa” durante unos días al año.
Durante el ERE de suspensión el trabajador tiene derecho a:
En este caso también se establece un calendario laboral pero en lugar de suspensión de días se reduce la jornada horaria en determinados días de la semana. El trabajador continúa en su puesto, pero trabajando menos horas o menos días, por lo que se reduce su sueldo en la misma proporción.
Durante el ERE de reducción el trabajador tiene derecho a: