REVOCACIÓN DE SANCIÓN DE TRABAJADORA DEL SECTOR DE LA LIMPIEZA.
En asunto tramitado por este Despacho de Abogados y mediante sentencia de fecha 22 de abril de 2015, el Juzgado de lo Social n º7 de Santa Cruz de Tenerife revoca la sanción por falta grave impuesta a la trabajadora por desidia o negligencia el desarrollo de su trabajo, consistente en limpiar inadecuadamente las instalaciones de un Centro del Servicio Canario de Salud.
Considera la Magistrada de Instancia que los hechos no sólo se encuentran prescritos (al haber transcurridos más de 20 días entre que supuestamente sucedieron y la fecha de la sanción), sino que en cuanto al fondo del asunto tales hechos no han podido ser acreditados y además la imputación es tan genérica, que dificulta de manera inadmisible la defensa de la trabajadora.