En el BOE del 24 de marzo de 2017, se ha hecho público el Acuerdo de derogación del Real Decreto-Ley 4/2017, de 24 de febrero, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052) y del que se dio noticia en su día.
Tras una infructuosa negociación entre Gobierno y patronal y sindicatos de la estiba, el Real Decreto-ley publicado en el BOE de 25 de febrero por fin no tendrá aplicación. Recordemos que no fue convalidado en el Congreso por falta de consenso y de garantía del empleo de los estibadores.