El Juzgado de lo Social nº2 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado Sentencia en fecha 2 de julio de 2018 en asunto tramitado por Iuslaboralistas Abogados, por la cual se estima la demanda presentada y se condena a la empresa a abonar a la trabajadora que tenía una antigüedad del año 1996 y categoría profesional de personal de limpieza de oficinas, hoteles y otros establecimientos, el premio de vinculación por importe de 4.863,04 €.
Asimismo, la actora fue declarada incapacitada permanente total para su profesión habitual y por ello se condenó a la Entidad Aseguradora demandada a abonar la indemnización recogida en el artículo 46 del Convenio Colectivo de Hostelería en concepto de mejora voluntaria por importe de 15.000 €.