El artículo 14 de la Constitución Española, establece que «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social», algo que de cara a la justicia es de sentido común, pero,… ¿sucede lo mismo dentro de las empresas?, ¿existen en las empresas políticas sociolaborales y de igualdad que eviten la discriminación?
La igualdad entre las personas es una cuestión que se establece como requisito primordial para alcanzar la paz y el desarrollo de la humanidad, pero todavía son muchas las empresas en las que hay desigualdad entre hombres y mujeres, por roles, prejuicios o estereotipos.
A pesar de los importantes avances logrados en materia de igualdad en nuestro país, el porcentaje de mujeres directivas en España todavía se encuentra por debajo de la media de la UE, siendo en nuestro país el 31%, mientras que la media de la UE se sitúa en un 33%, y ello a pesar de que según algunos estudios las empresas con un mayor número de mujeres en puestos directivos son más rentables que aquellas que carecen de presencia femenina.
La definición de políticas sociolaborales y de igualdad es, pues, una necesidad manifiesta, siendo las primeras aquellas que de manera directa persiguen afectar al grupo de personas que desarrollan actividades productivas y a los sujetos que facilitan tal desarrollo, al mismo tiempo que influencian el desarrollo de dicha actividad. Por consiguiente, las políticas sociolaborales se definen como la zona de intersección o confluencia entre las políticas sociales y las políticas laborales.