El endurecimiento progresivo de la regulación del sistema de pensiones en España está produciendo desajustes en el modelo que no fueron deseados por el legislador y por los gobiernos cuando, allá por 2011 y años posteriores, elaboraron las reformas que están destinadas a garantizar la viabilidad de las prestaciones futuras a costa de duros recortes. Como consecuencia de esos desajustes, uno de los objetivos buscados, el retrasar la jubilación de los trabajadores, no discurre por el camino previsto, hasta el punto que las penalizaciones y mayores exigencias de edad y tiempo de cotización no han impedido que el año pasado la edad media de retiro de los trabajadores bajara en vez de subir.
En efecto, según datos de la Seguridad Social, en 2016 se produjo una cifra record de jubilados anticipados, con 136.941 casos, que representan el 44,8% del total de personas que accedieron a una pensión de retiro, una proporción que no se veía desde antes de la crisis; en concreto, desde 2007. De esta forma, en los últimos ejercicios la edad media de retiro ha bajado de 64,3 años a 64,1, pese a que la edad ordinaria creció hasta los 65 años y 4 meses, para los que tenían menos de 36 años cotizados al sistema (para los que tenían 36 o más años, se mantenían los 65 años).
¿Qué circunstancias son las que empujan a la jubilación anticipada a los españoles pese a las fuertes penalizaciones que en principio conlleva el abandono del mercado de trabajo antes de la edad regulada?
Son varias. En unos casos se trata de una opción voluntaria, pero en otros es obligatoria, como cuando un trabajador está cobrando el subsidio de paro, lleva más de seis meses en desempleo y tiene edad suficiente como para acceder a la jubilación anticipada (con las consiguientes penalizaciones). La crisis, la bajada de salarios y el fuerte desempleo en edades maduras haya llevado a muchos trabajadores a jubilarse antes de la edad reglamentaria porque su prestación es mayor si lo hace de esa forma, aún asumiendo los recortes que la legislación establece para las personas que abandonan el mercado laboral antes de la edad ordinaria. Esos recortes van del 1,625% si la jubilación es voluntaria y se tienen más de 44,5 años cotizados, al 2% si no se rebasan los 38,5 años. Si el retiro es obligado por estar en paro, los recortes van del 1,500% al 1,875%, en función del tiempo cotizado.
La ampliación progresiva del periodo de cómputo para la jubilación, que alcanzará los 25 años en 2022, puede suponer una mejora de la situación para algunos jubilados, como aquellos que en el pasado han tenido mejores salarios que en el presente; y ni que decir tiene que esa circunstancia se potencia cuando en los últimos años de la vida laboral se producen lagunas de cotización, que son ‘rellenadas’ con la base mínima o incluso con la mitad de ésta, de acuerdo con la legislación vigente.
De esta forma, no es de extrañar que ese objetivo de retrasar lo más posible la edad de jubilación y acercarla a la ordinaria (65 años y cinco meses en 2017) contemplada en la ley esté cada vez más alejado y tenga un evolución poco menos que imprevisible a corto plazo. Y desde luego lo que no se esperaban los promotores de la reforma es que retirarse antes supusiera para el trabajador mejores ingresos que si lo hace más tarde.
La rebaja de la edad media real de retiro tiene además otro factor en contra, como es la nueva fórmula de jubilación activa, que permite a quien lo desee trabajar después de la edad de retiro percibiendo la mitad de la pensión que le correspondería. Son ya en torno al 2% de los trabajadores en edad de jubilarse (más de 160.000) los que siguen en el tajo, según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), aunque esta cifra está aún muy alejada del 5% de la Unión Europea.
Fuente: Elcomercio.es