INCENTIVO A LA PRODUCTIVIDAD DEL CONSORCIO DE TRIBUTOS.
El Juzgado de lo Social nº 6 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia de fecha 20 de octubre de 2015 y asunto tramitado por este Despacho de Abogados, estima la demanda del trabajador del Consorcio de Tributos de Tenerife y declara su derecho a percibir …. euros en concepto de incentivos a la productividad.
El citado Organismo había denegado tal abono sobre la argumentación de que tal incentivo no es de carácter fijo sino variable, sin que tenga relación alguna con el porcentaje de incremento salarial.
Frente a tal tesis, la Magistrada de Instancia considera que la falta de motivación de la Administración en explicar cuáles son los concretos motivos que los se sustenta el descenso en las cantidades que en concepto de incentivos ha percibido del trabajador, provoca la estimación de la demanda, ya que en caso contrario se estaría dando amparo a la arbitrariedad, pues la discrecionalidad de la administración no debe estar reñida con la motivación de los actos.