La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado Sentencia en fecha 10 de mayo de 2016 en un asunto tramitado en este despacho de Abogados, confirmando la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 por la cual se declaró que la Incapacidad Permanente Total que se le reconoció en el año 2012 era derivada de un accidente de trabajo sufrido en el año 2006 cuando trabajando de conserje, sufrió una caída desde una altura de 3 metros que afectó a coxis, columna vertebral y costillas.
La Mutua de Accidentes de Trabajo entendía que existía falta de nexo causal entre el accidente de 2006 y la incapacidad permanente total de 2012. Tal y como recoge la Sentencia de instancia «el accidente agravó una enfermedad padecida con anteriorioridad que si bien es crónica, no obstante se encontraba latente, generando tras el accidente unos efectos limitativos que, tras un periodo sucesivo de varias bajas y altas médicas, incidentes en la zona dorsolumbar, desembocó en una incapacidad limitante para el ejercicio de su profesión».