El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Sentencia de 10 de junio de 2016, y en un asunto tramitado por este despacho, estima el recurso interpuesto, revocando la sentencia de Instancia y declarando que el actor tiene derecho a una incapacidad permanente total para su trabajo de operario de limpieza de la UTE Arona.
Así, consta acreditado en la citada Resolución que el trabajador padece una serie de patologías: cervcalgia, lumbalgia, sacroileitis, gonalgia bilateral…que le impiden la realización de tareas de sobrecarga vertebral, inherentes a su trabajo (cargar peso, barrido manual, arrastrar el carro de limpieza, etc..)
En virtud de lo anterior, se procede al reconocimiento de su situación de incapacidad permanente total con fecha de efectos del año 2013.