El Juzgado de lo Social nº 4 de esta capital, en asunto defendido por este despacho de abogados, acuerda estimar la demanda presentada en Sentencia de 26 de junio de 2017, concediendo al trabajador la incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
El actor padece diversas patologías de tipo psiquiátrico, habiéndole reconocido inicialmente por el Equipo de Valoración de Incapacidades una incapacidad permanente total. Sin embargo el Juzgador estima la pretensión de esta parte, de que el actor carecía de capacidad laboral residual para desempeñar otro oficio.
En este sentido concluye que “Confrontando el cuadro clínico psiquiátrico que padece el actor en la actualidad con el conjunto de ocupaciones que puede ofrecerle el mercado laboral, se ha de concluir necesariamente que su patología (trastorno esquizoafectivo de tipo bipolar) le priva de la suficiente aptitud psíquica para afrontar con rendimiento, eficacia y profesionalidad el ejercicio de toda profesión, por liviana, sedentaria o sencilla que ésta fuera, pues con tales padecimientos está radicalmente incapacitado para concentrarse en cualquier actividad, para someterse a disciplina y horario laboral y para relacionarse con otras personas, necesidad de relación que es inherente a cualquier ocupación laboral.”