El Juzgado de lo Social nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, mediante sentencia de fecha 12 de junio de 2019 y en asunto tramitado por este Despacho de Abogados, declara que el trabajador demandante se encuentra afecto a una incapacidad permanente absoluta derivada de su enfermedad renal crónica estadio 4 sobre 5 que requiere hemodiálisis y posible trasplante. Considera el Magistrado de Instancia que tal desarreglo en la funcionalidad de su riñón, provoca en el demandante una importante limitación en su actividad diaria, dificultándole el desarrollo de las tareas habituales según el esquema horario habitual, pues está condicionado por su dependencia hemodialítica vinculada a su vez a una dependencia ambulatoria que le genera su dolencia renal crónica ( en estado muy avanzado ( estadio 4 sobre 5). La falta de autonomía para desarrollar su vida ordinaria sin sujeción al tratamiento de hemodiálisis le incapacita para someterse a la disciplina de un horario determinado y recurrente de cualquier orden y por ende de tipo laboral. Está pendiente además de trasplante ( pruebas previas, listas de espera, verificación de compatibilidad, examen de evolución..etc..) lo que alteraría igualmente su actividad laboral reglada.
Todas estas patologías y las lógicas y evidentes limitaciones derivadas de las mismas suponen que la capacidad laboral del demandante resulte inexistente, por cuanto que no existen actividades laborales compatibles con las mismas, dentro de los límites y consideraciones legales y jurisprudenciales desarrollados al respecto.