El Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia de fecha 19 de marzo de 2018 y asunto tramitado por este Despacho de Abogados, reconoce la situación de incapacidad permanente absoluta de un trabajador afectado por esta patología mental.
Quedó acreditado que la agravación de la enfermedad de mutó de tipo II a tipo I, implicó no sólo un aumento progresivo de la medicación sino de la clínica de la enfermedad, y por tanto de las secuelas y limitaciones del actor en su vida ordinaria, que le hace incapaz para desarrollar cualquieractividad laboral, en cuanto que implica la sujección a un horario y disciplina determinada una dificultad excesiva para relacionarse con terceros en condiciones de normalidad.