INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA DE AUXILIAR DE CLÍNICA.
El Juzgado de lo Social nº 7 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia de fecha 19 de octubre de 2015 y asunto tramitado por este Despacho de Abogados, declara a la peticionaria afecta a una incapacidad permanente absoluta por considerar que su cuadro de lesiones le hacen inviable para el desarrollo de cualquier trabajo, por liviano que éste sea.
La demandante presenta un cuadro polipatológico en el que destaca una patología articular degenerativa avanzada, temblor esencial, analgesia de segundo escalón y trastorno depresivo severo reactivo a su proceso.
Concluye la Magistrada de Instancia que «cabe concluir que la evolución de los padecimientos que sufre la demandada suponen una agravación suficiente para que le fuera reconocida una incapacidad permanente en grado de absoluta».