IMPROCEDENCIA DE LA REVOCACIÓN DE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE POR MIGRAÑA CRÓNICA ACORDADA POR EL INSS
En Sentencia de 14 de diciembre de 2015, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en un asunto defendido por este despacho, la Sala acuerda desestimar el recurso formulado por el INSS; confirmando que no procedía la revisión del grado de incapacidad permanente reconocido a la trabajadora.
La actora padecía migraña crónica refractaria con crisis de jaqueca habituales, habiéndole sido concedida una incapacidad permanente total para su trabajo. Posteriormente, el INSS acuerda revocar la citada pensión por entender que existía mejoría de su patología que le permitía incorporarse a su puesto. En línea con lo valorado por el Juzgador de Instancia y lo defendido por este despacho, La Sala entiende que la citada mejoría no ha sido en absoluto acreditada, dado la cronificidad de sus dolencias, por lo que no procedía la revisión de grado acordada, reponiendo a la trabajadora en el abono de la citada pensión.