La Sala de lo Social del Tribunal de Justicia de Cataluña ha dictado Sentencia de fecha 30 de enero de 2017 por la cual se declara el Despido disciplinario de una trabajadora de una Residencia de personas mayores ante las manifestaciones efectuadas en redes sociales , concretamente en el Facebook. La misma fue despedida tras comprobarse que había emitido comentarios injuriosos contra la empresa a través de su Facebook personal, participando en una conversación de una comisión sindical a la que pertenece.
El Despido se ha declarado procedente. La trabajadora, tras divulgar su situación personal de conflicto con la empresa, imputa una conducta grave de consentimiento de casos de maltrato a mayores dentro del centro de trabajo, hechos que, de haber existido, podrían tener repercusión penal, por lo que dichos comentarios en una red social superan los límites de la libertad de expresión al convertirse en una conducta desleal cuando se imputa públicamente ilícito que no existe.