La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los empleados a elegir libremente el momento para disfutar de sus vacaciones, si así lo han venido haciendo durante años. La sentencia, que pone fin al conflicto colectivo entre el sindicato UGT y la empresa encargada del servicio de limpieza de la Universidad de Málaga (UMA), señala que, aunque no se haya recogido expresamente, la libertad a la hora de solicitar los días de descanso debe ser considerada como un derecho adquirido con el tiempo que la empresa no puede modificar unilateralmente.
La sentencia de la Sala de lo Social, que unifica el criterio a aplicar a partir de ahora por la justicia ante este tipo de conflictos, establece que cuando la plantilla pueda elegir vacaciones «de forma constante, repetida y reiterada en el tiempo, sin limitación» (como ocurría en este caso) debe darse por supuesta la voluntad inequívoca de la empresa de mantener «una condición más beneficiosa para el trabajador».
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