El Tribunal Superior de Justicia de Canarias en sentencia de 24 de septiembre de 2015 ha confirmado la que previamente había dictado el Juzgado de lo Social número 1 de Santa Cruz de Tenerife, que en asunto tramitado por este despacho, reconocía a una paciente la Incapacidad Permanente Absoluta para toda profesión, y que el INSS le había denegado al entender que podría desempeñar otro tipo de trabajo.
Sin embargo, ambas resoluciones judiciales coinciden en que la actora presenta patología en su columna lumbar con parestesia y pérdida de fuerza en sus miembros inferiores, así como un grave trastorno depresivo. Ambas sentencias resaltan no solo las limitaciones indicadas, sino que otorgan especial importancia al tratamiento farmacológico que tiene prescrito la actora, y en el que el tratamiento con opiáceos, para mitigar el intenso dolor crónico, le incapacitan para todo tipo de trabajo. Particularmente, se señala que esta medicación le produce una conducta locomotora lentificada que impide el desarrollo de cualquier actividad profesional.