El plus transporte es un complemento que recibe el trabajador para compensar los gastos que se generan por el desplazamiento para ir a trabajar. Habitualmente viene reconocido en el convenio colectivo, con distintas denominaciones, como plus distancia, plus extrasalarial, plus de ayuda al transporte, etc, pero si compensan los gastos que supone ir de casa al trabajo y volver, serán un plus transporte. La cuantía, si es fija o no, mensual o diaria, dependerá de lo que indique el Convenio Colectivo.
Los trabajadores a tiempo parcial, siempre que trabajen los mismos días de la semana que un trabajador a tiempo completo, perciben el mismo importe, es decir, no sufre minoración alguna por cuanto compensa el mismo desplazamiento diario del trabajador.
Desde el año 2013 el plus transporte cotiza íntegramente a la Seguridad Social, debiendo incluirse en la base de cotización. Igualmente tributa al IRPF como rendimiento de trabajo, igual que el resto del salario que se recibe en nómina.
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