El Certificado de empresa es el documento que emite la empresa por el que se acredita la situación legal de desempleo y la causa de la misma, es decir, el motivo por el que ha cesado la relación laboral (despido, finalización del contrato temporal, cese por no superar el periodo de prueba, ERE, baja voluntaria, etc). El certificado de empresa es importante, porque en función de la causa que figure como finalización de la relación laboral, se podrá tener derecho o no a solicitar una prestación por desempleo y el SEPE, salvo comprobaciones posteriores, toma en principio como válido el motivo de cese del trabajo que la empresa comunica en el certificado. Por ejemplo, si en el certificado la empresa comunicase como motivo del cese la baja por voluntad del trabajador, no se tendría derecho a prestación por desempleo.
La empresa está obligada en cualquier caso a emitir el Certificado de Empresa, con toda la información para que el trabajador pueda solicitar la prestación por desempleo o un subsidio o ayuda extraordinaria. Normalmente el certificado lo envía directamente la empresa al Servicio Público de Empleo Estatal a través de una aplicación informática, Certific@2 que es obligatoria en función del número de empleados. Por ello en la mayor parte de los casos el documento no se le entregará físicamente, es decir, no se le da en mano al trabajador. La única excepción es la de aquellas empresas que por su actividad fija discontinua o temporal tengan diversos periodos de actividad o inactividad o sucesivos contratos temporales dentro del mes.
Si la empresa ha enviado el Certificado de forma electrónica, ¿puede el trabajador pedir una copia del certificado en la oficina de empleo? Si. Según la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, que regula el envío de los Certificados, el Servicio Público de Empleo entregará una copia del certificado al trabajador si este lo solicita.
Si la empresa se niega a entregar el documento, el trabajador debe solicitar la prestación de todos modos, para evitar que se le pase el plazo. Además de la solicitud de la prestación, adjuntará el impreso “Declaración de carencia de documentación en la solicitud de prestaciones”, disponible en la oficina de empleo. El INEM (SEPE) requerirá directamente al empresario la entrega de la documentación. Si la empresa ha desaparecido, el trabajador deberá señalarlo en el mismo impreso. El Servicio Público de Empleo Estatal intentará ponerse en contacto con ella, directamente o por medio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En casos de fuerza mayor el Certificado de Empresa o los documentos de cotización (TC) pueden sustituirse por otros medios de prueba, según indiquen en la oficina de empleo.