DESPIDO POR INEPTITUD SOBREVENIDO DE PEONA AGRÍCOLA.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, mediante sentencia de fecha 6 de abril de 2015, y asunto tramitado por este Despacho de Abogados, confirma la improcedencia del cese de una trabajadora de la empresa BONN…S.A. que había sido despedida por la empresa al considerar ésta que sus lesiones – proceso degenerativo lumbar – le ocasionaban una ineptitud sobrevenida para trabajar.
Considera el Tribunal que «un proceso degenerativo lumbar sin signos de actividad denervativa aguda que puede precisar asistencia sanitaria y tratamiento adecuado en momentos o durante episodios álgidos, pero que per se no le impide la realización de las funciones inherentes a su condición de peona agrícola especialista».