El Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha declarado el despido nulo de los despidos de tres trabajadoras y ha condenado al empresario a readmitirlas en su puesto de trabajo en iguales circunstancias a las que regían con anterioridad al despido y que se les abone los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del cese.
Las trabajadoras habían reclamado al empresario el abono de unas horas extraordinarias realizadas por las mismas. Acto seguido son despedidas. Existe una expresa relación entre la reivindicación de las condiciones de la prestación de servicios por parte de las trabajadoras, y el cese de las mismas de carácter inmediato por el empresario. La Magistrada ha comprobado de la prueba.
En este supuesto, la empresa alegaba una causa de despido totalmente injustificada y reconocIendo la improcedencia del cese en la propia carta de despido, pero éste obedecía simple y llanamente a una contestación frente al plante de las actoras a las circunstancias y condiciones que reviste su contratación.