DERECHO A LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO DE FALSO AUTÓNOMO.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de fecha 26 de mayo de 2015, y asunto tramitado por este Despacho de Abogados, estima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador frente a la sentencia del Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid que había desestimado su petición de percibir las prestaciones de desempleo solicitadas en su día al Servicio Público de Empleo Estatal.
Consideraba el trabajador, contratado en su momento por la entidad mercantil Agro…S.L. como autónomo, que su relación con la misma era de naturaleza laboral ordinaria, y ello aunque tuviese poderes muy amplios en la empresa y tuviese una participación simbólica (una participación) en el capital social.
Estima el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso interpuesto por este Despacho de Abogados y considera que no puede confundirse la figura de apoderado con la de administrador de la sociedad, ni se ha acreditado que dicho trabajador tuviese grado de parentesco con el empresario (art. 7.2 LGSS), por lo que no cabe concluir que tiene derecho a las prestaciones por desempleo sin perjuicio de la responsabilidad empresarial por el incumplimiento en materia de cotización (art. 126.2 LGSS).