Este debería ser siempre el primer paso cuando la empresa incumple sus obligaciones o comete alguna infracción: intentar buscar una solución dentro de la propia empresa, comunicando la situación a los órganos de representación legal de los trabajadores: el comité de empresa, los delegados sindicales y los delegados de empresa.
Una de las principales funciones de los representantes de los trabajadores es la de velar por que se cumplan las normas en materia de derechos laborales y para eso la ley les concede una especial protección frente al empresario, además de contar en muchos casos con el respaldo y cobertura de las grandes organizaciones sindicales.
Los sindicatos, además, ponen en marcha sistemas para denunciar infracciones laborales, por lo que incluso también es posible que el trabajador contacte directamente con el sindicato para denunciar lo que está ocurriendo en su empresa.
Este buzón es una página web que el Ministerio de Empleo ha puesto en marcha para que cualquier ciudadano pueda notificar infracciones y conductas fraudulentas para que sean objeto de análisis y, en su caso, de investigación por la Inspección de Trabajo. Es totalmente anónimo.
Al buzón de puede acceder desde esta dirección web: http://www.empleo.gob.es/buzonfraude
La Inspección de Trabajo es un órgano de la administración para garantizar que se cumplan las leyes en materia de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. La Inspección actúa de varias formas: por iniciativa propia, por petición de otros órganos administrativos o judiciales, o por denuncia de los ciudadanos.
A diferencia de lo que ocurre con el buzón anónimo, en las denuncias ante la Inspección la persona que hace la denuncia debe identificarse, es decir, no hay la posibilidad de realizar denuncias anónimas, pero los funcionarios tienen el deber de guardar secreto respecto de los asuntos que conozcan, así como sobre los datos, informes, origen de las denuncias o antecedentes. Es decir, es necesario identificarse a la hora de realizar la denuncia, pero el empresario no sabrá que ha sido la denuncia de una persona en concreto la que ha puesto en marcha la Inspección.
Cualquier persona puede denunciar ante la Inspección, no hace falta ser trabajador de la empresa denunciada.
La denuncia deberá de contener: 1) Los Datos personales de la persona que denuncia, 2) La descripción de los hechos, 3) Fecha y lugar donde se produjeron los hechos, 4) Identificación de las personas responsables y 5) También se podrá aportar cualquier documentación con la que se pueda justificar los hechos denunciados.
El trabajador también puede denunciar las infracciones de la empresa y reclamar sus derechos ante los Juzgados de lo Social, a través de la correspondiente demanda. El primer paso para ello es presentar la llamada “Papeleta de conciliación laboral”, que en la mayoría de los casos es necesaria antes de demandar a la empresa y poner en marcha el proceso judicial.