DECLARACIÓN DE IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO DE UN TRABAJADOR DE LA EMPRESA MARE NOSTRUM…
Por Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3, de 16 de noviembre de 2015, en un asunto defendido por este despacho, se estima la demanda interpuesta y se declara la improcedencia del despido del trabajador.
Fundamentalmente se le imputaba al trabajador haberse apropiado de dinero de la caja y del bote de propinas, entre otras cuestiones, lo que la empresa consideraba justa causa de despido disciplinario por vulneración de la buena fe contractual, abuso de confianza y negligencia en la prestación del servicio.
En línea con el argumento esgrimido por esta parte, la Juzgadora considera que era un hecho permitido por la empresa coger dinero del bote de propinas y dejar un vale por el citado importe, cuestión que realizan otros compañeros, no quedando acreditados ninguno de los demás hechos por los que la empresa pretendía justificar el cese disciplinario del actor.