El Tribunal Superior de Justicia de Canarias estima el recurso de apelación interpuesto por este Despacho de Abogados en sentencia de 6 de abril de 2022 reconociendo el grado personal reclamado por una funcionaria interina del Ayuntamiento de Arona que inicialmente le había sido desestimado por el Juzgado Contencioso Administrativo.
La resolución recurrida había fundamentado la denegación de la petición de consolidación de grado solicitada por la funcionaria interina del Ayuntamiento de Arona en que la actora “toma posesión de su cargo en la categoría de auxiliar administrativo, siendo el nivel de destino correspondiente de 18, si bien posteriormente – y sin transcurrir dos años – entra en vigor la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Arona, modificando el nivel de destino del puesto de auxiliar de administrativo a 16”; y además se reconocía un complemento personal transitorio para garantizar las retribuciones que venía percibiendo dicha funcionaria.
El Tribunal Superior de Justicia de Canaria, acogiendo las tesis de la recurrente, considera que no se ha producido un cambio de puesto sino un cambio de su denominación como consecuencia de la aprobación de la RPT que sustituye al Catálogo de Puestos.
A la vista de ello, considera dicho Tribunal que es de aplicación el artículo 70.4 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado que establece que «Si durante el tiempo en que el funcionario desempeña un puesto se modificase el nivel del mismo, el tiempo de desempeño se computará con el nivel más alto en que dicho puesto hubiera estado clasificado».
Por lo que procede a estimar el recurso de apelación y reconocer el grado personal solicitado por la funcionaria recurrente.