A menudo, una vida laboral transcurre en varios países y a la hora de jubilarse, toca echar cuentas. Si los países en los que hemos trabajado tienen convenios, todo es más fácil, porque las propias instituciones de seguridad social se comunican entre sí y, en general, se suman los periodos cotizados para tener derecho a una pensión.
Me jubilo y he trabajado en España y en otro país, con el que hay convenio,
Lo primero es solicitar la pensión en el lugar de residencia o donde haya realizado su última actividad laboral. En el caso de España, una vez recibida su solicitud (en un CAISS o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social), el Instituto Nacional de la Seguridad Social la remite a las instituciones de los países en los que usted alegue haber ejercido actividad laboral, donde también serán estudiados sus derechos a pensión.
¿Cómo se calcula mi pensión?.- Siempre se realizan dos cálculos. Por un lado, cada Estado determina si reúne los requisitos para tener derecho a pensión si se tienen en cuenta sólo los períodos de seguro acreditados en ese Estado. Por otra parte, una vez se recibe la certificación del otro país, se calcula cuánto cobraría si se tiene en cuenta la suma de los periodos cotizados en los Estados parte del Convenio. Siempre se realizan los dos cálculos y se abona la cuantía más elevada, salvo en determinados convenios -Canadá, Marruecos, Chile, México, Estados Unidos, Venezuela y Filipinas- en los que únicamente se acude al estudio por totalización de períodos de seguro cuando no se alcanza derecho a pensión nacional. Si se reconoce pensión por totalización de período de seguro cumplidos en los distintos Estados, cada uno paga en función del periodo de actividad laboral cubierto en él. La resolución adoptada en uno de los Estados no es vinculante para el otro.
¿Y si no hay convenio con el otro país?
Se estudia su derecho a pensión considerando únicamente los períodos de seguro acreditados en la Seguridad Social española. Respecto a los posibles derechos adquiridos en otro país, deberá informarse directamente ante los organismos competentes del mismo.
¿Qué ocurre si he trabajado en tres países, España, uno de la UE y otro con convenio bilateral?
Se estudian sus derechos por tres vías: legislación interna española, totalización de períodos de seguro con el país del convenio bilateral y totalización de períodos de seguro al amparo de los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.
Por ejemplo, si ha trabajado en España, Argentina (convenio bilateral) y Alemania (Reglamentos Comunitarios), se calcula por un lado, si le corresponde pensión nacional y a cuánto ascendería; por otro, cuánto le correspondería al sumar los periodos cotizados en España y Argentina, y, por otro, cuánto le correspondería al sumar los periodos cotizados en España y Alemania. De las tres cantidades, se escoge la más beneficiosa. No se pueden sumar los períodos de seguro acreditados en el país de convenio bilateral y en el de Reglamentos Comunitarios (es decir, Argentina y Alemania, en el ejemplo). Si la pensión se liquida porque se suman los periodos cotizados en los distintos Estados, cada país paga de manera proporcional al tiempo que se haya cotizado en él.