En asunto tramitado por este despacho de Abogados, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Santa Cruz de Tenerife, por la cual se reconoce a la trabajadora afecta de un grado absoluto de incapacidad permanente condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a abonar las prestaciones económicas a que hubiere lugar.
Ciertamente la trabajadora padecía de afecciones tanto físicas (cervicalgia, escoliosis, hernias discales, fibromialgia, migrañas) como psicológicas (trastorno adaptativo mixto con ansiedad, estado de ánimo depresivo, tratorno de la personalidad con rasgos obsesivos y equizoides, y trastorno explosivo) que comportabam una pérdida de concentración, con alteración de la memoria a corto plazo, alteración del estado de ánimo, preocupación, ansiedad por sus limitaciones físicas con insomnio de conciliación. Sueño no reparador, empeoramiento matutino del mal humor depresivo, y en general de los dolores musculares y articulares que le impiden moverse con fatiga intensa cansancio crónico, por lo que la exposición al medio laboral sería contraproducente agravando las patologías que padece.
La Juzgadora acierta plenamente en la Sentencia al reconocer a la trabajadora la Incapacidad Permanente Absoluta para toda profesión u oficio.