CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADOR DE EMPRESA EXTERNALIZADA DE LA CONSEJERÍA DEL GOBIERNO DE CANARIAS.
El Juzgado de lo Social nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia de fecha 31 de marzo de 2015 y asunto tramitado por este Despacho de Abogados, declara el derecho del trabajador a tener la consideración de personal laboral por tiempo indefinido no fijo del Gobierno de Canarias, así como a que se le abonen las diferencias retributivas (10.030,05 euros) derivadas de la aplicación del Convenio del Personal Laboral de la CCAA de Canarias.
Considera la Magistrada de Instancia que «la estrecha integración del trabajador dentro de los equipos de trabajo de la Secretaría General Técnica de la Consejería, impide considerar que la empresa externalizada haya podido actuar, con respecto al demandante, como un verdadero empleador», razonamiento que le sirve para declarar la existencia de una cesión ilegal de trabajadores.