CESE IMPROCEDENTE DE TRABAJADORA SOCIAL DE AYUNTAMIENTO.
El Juzgado de lo Social nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, mediante sentencia de fecha 25 de marzo de 2015 y en asunto tramitado por este Despacho de Abogados, declara simultáneamente la condición de trabajadora indefinida y la improcedencia del despido del que fue objeto nuestra clienta, que presta servicios como trabajadora social en el Ayuntamiento de Granadilla de Abona.
Además se concede un plazo de cinco días para que sea la propia trabajadora la que opte entre ser readmitida en el Ayuntamiento o ser indemnizada, toda vez que el convenio colectivo del personal laboral del citado Ayuntamiento otorga esa opción a los trabajadores de dicha corporación local.
Tanto la declaración de carácter indefinido de la relación laboral como la improcedencia del cese se fundamentan en el carácter fraudulento de las contrataciones temporales que se concertaron para amparar la prestación de servicios de dicha trabajadora social.